El Bono Social de luz, también conocido como Bono Social Eléctrico, es una ayuda del Gobierno destinada a consumidores vulnerables, vulnerables severos o en riesgo de exclusión social. Esta ayuda consiste en un descuento en la factura eléctrica, cuyo porcentaje varía según la situación específica de cada consumidor.
¿Cómo solicitar el Bono Social de luz? Principales requisitos
Para ser beneficiario del Bono Social de luz, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ser usuario del mercado regulado de electricidad mediante la tarifa Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC).
- Tener una potencia contratada igual o inferior a 10 kW.
- Cumplir con los requisitos personales, familiares y de renta establecidos, clasificándose como consumidor vulnerable, consumidor vulnerable severo o en riesgo de exclusión social.
Límites de energía para poder acogerse al Bono Social de luz
El descuento del Bono Social de luz se aplicará siempre que los usuarios no superen los siguientes límites de consumo energético anual:
| Categorías | Límites máximos al consumo (kWh) |
|---|---|
| Demanda individual / Unidad de convivencia formada por dos personas | 1.587 |
| Unidad de convivencia formada por tres personas / Pensionistas (cuantía mínima) / Unidad de convivencia formada por personas siendo una de ellas un menor | 2.222 |
| Unidad de convivencia formada por cuatro personas / Unidad de convivencia formada por tres personas siendo dos de ellas menores | 2.698 |
| Unidad de convivencia formada por cinco o más personas / Unidad de convivencia formada por cuatro personas siendo tres de ellas menores / Familias numerosas | 4.761 |
¿Quién puede beneficiarse del Bono Social de luz?
Para poder beneficiarse del Bono Social de luz, el usuario debe ser consumidor vulnerable, vulnerable severo o estar en riesgo de exclusión social. En este apartado, profundizaremos en los requisitos que se deben cumplir para pertenecer a cada uno de estos grupos.
Requisitos: Consumidor Vulnerable
Para ser considerado consumidor vulnerable, se debe cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:
- Que la renta conjunta anual de la unidad de convivencia sea igual o inferior a 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) en 14 pagas. Si la unidad de convivencia está formada por más de una persona, este límite se incrementará en 0,3 veces el IPREM por cada adulto adicional y en 0,5 veces el IPREM por cada menor de edad.
- Que el consumidor posea el título oficial de familia numerosa.
- Que el consumidor o todos los miembros de la unidad de convivencia sean pensionistas de la Seguridad Social, percibiendo la cuantía mínima vigente de jubilación o incapacidad permanente, y que no reciban otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 €.
- Que el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.
Además, si se dan ciertas circunstancias especiales, los límites establecidos se incrementan en 1 punto IPREM:
- Discapacidad acreditada igual o superior al 33 % del consumidor o de algún miembro de la unidad de convivencia.
- Situación de víctimas violencia de género en el consumidor o en algún miembro de la unidad doméstica.
- Ser víctima de terrorismo, ya sea el consumidor o algún miembro de la unidad doméstica.
- Situación de dependencia de grado II o III en el usuario o en algún miembro de la unidad de convivencia.
- Que la unidad de convivencia esté formada por un único progenitor y al menos un menor (familias monoparentales).
Requisitos: consumidor vulnerable severo
Para ser considerado consumidor vulnerable severo, se deben cumplir los siguientes requisitos, que elevan la condición de vulnerabilidad a severa:
- Percibir una renta anual igual o inferior al 50 % de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable, incluyendo, en su caso, el incremento previsto por circunstancias especiales.
- Si se posee el título de familia numerosa, la unidad de convivencia debe percibir una renta anual igual o inferior a 2 veces el IPREM en 14 pagas, es decir, 16.800 €.
- Si el consumidor o todos los miembros de la unidad de convivencia perciben la pensión mínima y no tienen otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 €, la renta anual de la unidad de convivencia debe ser igual o inferior a 1 vez el IPREM en 14 pagas, es decir, 8.400 €.
- Si el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia es beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, se aplicarán los criterios de renta definidos en el primer punto.
Requisitos: consumidor en riesgo de exclusión social
Para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, el usuario debe cumplir los requisitos para ser considerado consumidor vulnerable severo y estar atendido por los servicios sociales de una administración (autonómicos o locales), los cuales deben financiar al menos el 50 % del importe de su factura a PVPC. En caso de que no sea posible hacer frente al pago, el suministro eléctrico no se interrumpirá en ningún momento.
¿Cómo solicitar el Bono Social de luz?: las comercializadoras de referencia
El Bono Social de luz solo puede solicitarse a través de las Comercializadoras de Referencia, que son un total de ocho en España y las únicas autorizadas para ofrecer la tarifa PVPC.
| Comercializadora de referencia | Teléfono |
|---|---|
| Comercializadora Regulada Grupo Naturgy | 93 271 19 90 |
| Régsiti | 900 10 10 05 |
| Energía XXI | 800 760 333 |
| Comercializadora de Último Recurso Grupo Iberdrola | 900 200 708 |
| Baser | 900 902 947 |
| Comercializador de Referencia Energético Grupo CHC | 900 814 023 |
| Energía Ceuta XXI | 900 106 004 |
| Teramelcor | 800 007 943 |