Tramit. punto recarga interior Vehículo Eléctrico <50kW
El Tramit. punto recarga interior Vehículo Eléctrico <50kW es la legalización de cargadores de coches eléctricos con una potencia menor a 50kW. La legalización de cargadores de coches eléctricos con una potencia inferior a 50kW está regida por normativas específicas. En España, la legalización de un punto de recarga se rige por el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y otras normativas vigentes.
*Solo se gestionarán los trámites de aquellos clientes que hayan comprado productos en AutoSolar.
Tramit. punto recarga interior Vehículo Eléctrico <50kW
Desde Autosolar podemos realizar el Tramit. punto recarga interior Vehículo Eléctrico <50kW a nuestros clientes. Para esta tarea contamos con un departamento especializado en la gestión de este tipo de trámites, lo que agiliza todos los procesos de presentación y aprobación de los trámites. Para conseguir la legalización del Tramit. punto recarga interior Vehículo Eléctrico <50kW es necesario seguir el cauce legal marcado por la administración.
Envié comunicaciones para que me lo tramitaran y llevo aún 20 días desde que se instaló el cargador y aquí no ha venido nadie. No lo hacen y les da igual la normativa.
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